Desde el anuncio del 25 de noviembre de 2024 por el entonces candidato presidencial, Donal Trump, respecto a que en su primer día en el cargo impondría un arancel de 25% a todos los productos importados desde México y Canadá, y un arancel adicional de 10% a los productos originarios de China, así como una tasa particular de 10% a los bienes energéticos de Canadá, los escenarios arancelarios han cambiado drásticamente con una considerable dosis de contradicción e incertidumbre. El pasado 1 de febrero, el gobierno de Estados Unidos, según lo dispuesto por las Ordenes Ejecutivas 14194 (“Imposición de aranceles para abordar la situación en nuestra frontera sur” del 1 de febrero de 2025), 14198 (“Progreso en la situación en nuestra frontera sur” del 3 de febrero de 2025) y por la Orden Ejecutiva emitida el 3 de marzo de 2025, ordenó que todos los artículos que sean productos de México y Canadá, estarán sujetos a una tasa adicional de arancel ad valorem del 25%, los cuales permanecerán vigentes hasta que el gobierno estadounidense considere terminada la emergencia nacional, la cual fue declarada en la Proclamación 10886 del 20 de enero de 2025 (Declaración de una Emergencia Nacional en la Frontera Sur de los Estados Unidos) argumentando la “extraordinaria amenaza que representan los inmigrantes ilegales y las drogas”, en referencia al fentanilo. La implementación de tales medidas se hace bajo el amparo de la sección 1702 de la Ley de Poderes Económicos de Emergencia Internacional (IEEPA), la Ley de Emergencias Nacionales (NEA), la sección 604 de la Ley de Comercio de 1974, en su forma enmendada, y la sección 301 del título 3 del Código Comercial de los Estados Unidos. No obstante, el 3 de febrero, mediante una orden ejecutiva (“Progress on the Situation at Our Northern Border”) la Casa Blanca determinó, previa comunicación telefónica y compromisos entre los pares del Ejecutivo Federal, que el Gobierno de México había tomado medidas inmediatas diseñadas para aliviar la crisis de migración ilegal y drogas ilícitas a través de acciones de cooperación, por lo cual otorgaba un primer periodo de evaluación, con vencimiento al 4 de marzo de 2025, sobre la suficiencia de tales medidas y la posibilidad de posponer nuevamente la implementación de los aranceles a las importaciones mexicanas y canadienses. En el lapso entre el 3 de febrero y el 4 de marzo, el gobierno de México sostuvo diversas reuniones de negociaciones con su contraparte de Estados Unidos, las cuales buscaban evitar la imposición de un arancel de 25% a las importaciones estadounidenses de productos mexicanos previstas para el 4 de marzo. Un día antes del plazo establecido, la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de los Estados Unidos, publicó la guía “Aranceles adicionales a las importaciones procedentes de México” para detallar la aplicación de tipos de derechos adicionales, a partir de las 12:01 a. m., hora estándar del este, del 4 de marzo de 2025. Un día después de que Trump eximiera a los productos automotrices de los aranceles, ante las presiones de la industria automotriz estadounidense (Stellantis, Ford y General Motors), y mediando nuevamente una comunicación telefónica y compromisos -de los cuales no se conocen aún los detalles- entre los pares de México y Estados Unidos, el presidente Donald Trump anunció que los productos de Canadá y México estarán exentos durante un mes más de los aranceles del 25% impuestos el pasado martes 4 de marzo. Las exenciones que incluyen a todas las mercancías de los dos mayores socios comerciales de Estados Unidos, siempre que éstas cumplan las estrictas reglas de origen establecidas en el Tratado Comercial entre Estados Unidos, México y Canadá (T-MEC), expirarán el 2 de abril, cuando el gobierno estadounidense contempla imponer un régimen global de aranceles recíprocos a todos los socios comerciales de Estados Unidos, conforme a lo indicó desde su toma de protesta el 20 de enero pasado.