Estado ya lo avaló: Mexicali y Ensenada deberán desaparecer el DAP

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Luego de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación que suspendió el cobro del Derecho del Alumbrado Público (DAP) en los municipios de Ensenada y Mexicali, el gobierno del Estado finalmente lo publicó en el diario oficial, con lo queda completo el ciclo de invalidación de dicho cobro. La sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación fue emitida desde agosto pasado y en ella se establecía que en respuesta a un recurso de inconstitucionalidad interpuesto por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) se encontró que dicho cobro violaba los principios de proporcionalidad tributaria. Aunque la resolución de la Suprema Corte fue del conocimiento público desde agosto, el Ayuntamiento de Ensenada argumentó -para seguir realizando el cobro del DAP- que formalmente no había sido notificado de esa sentencia; sin embargo, de acuerdo con especialistas en Derecho, al hacerse pública oficialmente en la entidad esa sentencia, el gobierno municipal debería de dejar de cobrar ese derecho, lo cual se hace a través de los recibos bimestrales de la Comisión Federal de Electricidad (CFE). Los argumentos Los argumentos de la Suprema Corte señalaban que el criterio establecido por los ayuntamientos de Mexicali y Ensenada para fijar el cobro del DAP -por predios según su uso, doméstico, comercial o industrial-, no es proporcionalmente justo ya que los propietarios pagan un mismo servicio. También en Mexicali quisieron revivir dicho impuesto que hoy queda totalmente invalidado, por lo que en los próximos recibos del consumo de energía eléctrica debe desaparecer dicho cobro so pena de contravenir la ley y enfrentar las consecuencias. (Con información de El Vigía).