Los días de Semana Santa no son de descanso oficial

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Las vacaciones de Semana Santa darán inicio, aunque no para todos pues la Ley Federal del Trabajo (LFT) señala en el artículo 75 un listado de los días que están contemplados como descanso obligatorio, es decir, fechas en las que los empleados no tienen que trabajar. En la misma los días de Semana Santa no están considerados como descanso obligatorio por la LFT, es decir, no se contemplan el jueves 2, viernes 3 y sábado 4 de abril como días no laborables, lo que quiere decir, de acuerdo con la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) que deberán presentarse a laborar de manera normal y es decisión del empleador si se permite tomar estos días. Algunos sectores normalmente dan al menos el viernes; sin embargo, los vinculados al sector turismo no lo hacen pues se trata de una temporada importante. Por otra parte, según el calendario escolar oficial de la Secretaría de Educación Pública (SEP), la temporada vacacional de Semana Santa 2026 para estudiantes de educación básica, que abarca preescolar, primaria y secundaria, se extenderá desde el 30 de marzo y hasta el 12 de abril, comprendiendo así un periodo de dos semanas.