Recuerda el IMSS no olvidar la Modalidad 40 para pensionarse

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Las personas que dejen de cotizar al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) a través de un patrón, pueden continuar pagando sus cotizaciones y recibir una pensión, bajo la modalidad 40, conocida como Continuación Voluntaria en el Régimen Obligatorio. Luis Gerardo Lerma Salcido, jefe de Afiliación y Cobranza del IMSS en Baja California recordó que la Ley del Seguro Social permite a los trabajadores realizar aportaciones, sumar semanas de trabajo y aumentar sus pensiones hasta por 25 Unidad de Medida Actualizada (UMA) que son 2 mil 240.50 pesos diarios en el 2021. Las personas que deseen obtener su pensión a través de la modalidad 40 deben haber cotizado al IMSS mínimo 52 semanas y no tener más de 5 años sin trabajar. Lerma Salcido agregó que el trámite se puede realizar en línea en la página www.imss.gob.mx o presencial en la subdelegación que corresponda al trabajador y debe presentar identificación oficial con fotografía, comprobante de domicilio, documento que acredite el número de seguridad social (NSS), acta de nacimiento, curp y carta en donde se solicita la inscripción a dicha modalidad 40 (Continuación Voluntaria en el Régimen Obligatorio). Las personas pueden darse de baja de la modalidad 40, acotó, pero también se les puede suspender por no realizar el pago en los últimos 2 meses o por ingresar a un trabajo formal. Asimismo, en el comunicado se indicó que como parte de las medidas sanitarias por la pandemia de COVID-19 y para evitar los contagios, se pueden realizar los pagos en línea en las instituciones bancarias correspondientes. Para mayor información se puede consultar el sitio www.imss.gob.mx.