Miami, Florida, diciembre 16 (Diario de las Américas).- Los anuncios de deportaciones masivas del presidente Donald Trump, que cuentan con el respaldo bipartidista de senadores, es prácticamente un hecho a la espera de ejecución para iniciar con los cerca de 1.5 millones de migrantes en Estados Unidos tienen orden final e inapelable de deportación. La crisis migratoria sin precedentes creada durante la administración demócrata de Joe Biden y Kamala Harris, tras su política de fronteras abiertas, permitió el ingreso de casi 10,825,387 millones de inmigrantes, hasta octubre, según datos de la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP). Esto, sin contar a los alrededor de dos millones de extranjeros indocumentados que lograron llegar a suelo americano evadiendo a las autoridades fronterizas, de acuerdo con expertos. Las deportaciones masivas, anunciadas por el mandatario republicano, ven un asidero legal en las órdenes finales de deportación que ya habría dictado para el 24 de noviembre la Corte de Inmigración a 1,445,549 extranjeros no detenidos, según un reciente informe del Servicio de Inmigración y Control de Aduanas de Estados Unidos (ICE, por sus siglas en inglés). La abogada María Herrera Mellado, especialista en inmigración, explicó en conversación con DIARIO LAS AMÉRICAS, que las órdenes finales de deportación o expulsión se emiten una vez que el juez de inmigración o la Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA, por sus siglas en inglés) decide que una persona debe salir del país. "Esto ocurre generalmente después de que la persona haya agotado todos los recursos legales, como apelaciones, o haya decidido no apelar dentro del plazo establecido", indicó. ¿Cuándo se considera final o definitiva una orden de deportación? De acuerdo con la experta en inmigración, una orden de expulsión se considera final o definitiva en tres situaciones. Primero, cuando la persona no presenta una apelación dentro del lapso permitido, que, por lo general, son los 30 días siguientes a a decisión del juez. En segundo lugar, cuando la BIA confirma la decisión del juez de inmigración de otorgar la orden final de deportación y, por último, cuando la persona renuncia a su derecho a apelar. Los cerca de 1.5 millones de migrantes de 208 nacionalidades que tienen orden final de expulsión, de acuerdo con el ICE, se encuentran en libertad, haciendo vida en las distintas comunidades de EEUU. Las nacionalidades con mayor número de órdenes son: Honduras, con 261,65; Guatemala, con 253,413; México, con 252,044; y El Salvador, con 203,822. Le siguen países como Cuba, con 42,084; Nicaragua, con 45,995; Brasil, con 38,677; China, con 37,908; Haití, con 32,363; Ecuador, con 31,252; Colombia, con 27,388; y Venezuela, con 22,749. Estos extranjeros están a disposición de Gobierno, que puede proceder a ejecutar las órdenes finales de expulsión en cuanto decidan. Herrera Mellado señaló que ya ninguno de estos migrantes tiene la oportunidad de apelar la decisión ante los tribunales, aunque aún podrían solicitar la suspensión de la deportación de forma administrativa ante el ICE por temas humanitarios, como enfermedades graves, peligro inminente o imposibilidad de retornar a su país de origen. Sin embargo, resaltó, que este proceso, al que se podrían apegar cubanos y venezolanos ante la crisis humanitarias y la represión feroz que viven sus países bajo las dictaduras castrista y chavista, es "difícil de ganar". ¿Qué opciones tienen los migrantes con orden de deportación final? Las personas con órdenes de expulsión definitivas puede tomar la decisión de salir del país de manera voluntaria, dentro de un plazo determinado, para evitar la deportación formal. El proceso de expulsión, sin embargo, pudiera verse afectado con al menos 26 países, 15 de ellos identificados por el ICE como "pocos cooperativos", y 11 a los que consideran en riesgo de incumplir la cooperación. Entre los países que integran el primer grupo se encuentran: Bután, Birmania, Cuba, República Democrática del Congo, Eritrea, Etiopía, Hong Kong, India, Irán, Laos, Pakistán, República Popular China, Rusia, Somalia y Venezuela. Mientras que los que están en riesgo de incumplimiento son: Bosnia-Herzegovina, Burkina Faso, Camboya, Gabón, Gambia, Irak, Jamaica, Nicaragua, Sudán del Sur, Santa Lucía y Vietnam. "Si el país de origen de un inmigrante se niega a cooperar con Estados Unidos y no acepta de regreso al individuo, el proceso de deportación se complica", mencionó la abogada. ¿Qué pasa si el país de origen se niega a cooperar? En caso de que los países de origen se nieguen a recibir a sus nacionales, Herrera Mellado indicó que esto representaría "desafíos legales, diplomáticos y humanitarios". Primero, se verían retrasadas o suspendidas las deportaciones, en vista de que el ICE no puede deportar forzosamente a una persona sin el acuerdo del país destino para aceptarla. Los migrantes con órdenes finales de deportación, además, pueden ser detenidos por las autoridades por un tiempo limitado, aunque tendrán que ser liberados en un máximo de seis meses, bajo supervisión, a menos que represente una amenaza seria para la seguridad nacional o pública. Esto, debido a que el Tribunal Supremo prohíbe la detención indefinida si la deportación no es previsible. Por último, estos extranjeros indocumentados, aunque podrían permanecer en EEUU, quedarían en un "limbo", sin un estatus legal, pero bajo supervisión de las autoridades, con revisiones periódicas con el ICE, uso de monitores electrónicos o cumplimiento de otras restricciones. ¿Qué puede hacer EEUU? Herrera Mellado detalló que el Gobierno de EEUU también podría tomar acciones que, de alguna manera, lleven a los países a cooperar con el proceso de deportación. Entre las medidas que podría aplicar EEUU se encuentran: la presión diplomática, que incluya el uso de acuerdos comerciales, ayuda extranjera u otros incentivos económicos; la aplicación de sanciones de visado a funcionarios o ciudadanos del país no cooperante y, por último, podría buscar la opción de un tercer país que se comprometa a aceptar a los migrantes deportados. Además, señaló, que los migrantes podrían, finalmente, buscar una acción diferida, apelar al Estatus de Protección Temporal (TPS, por sus siglas en inglés) u otras formas de alivio, si las condiciones de su país "son peligrosas o si este se niega a cooperar".