El próximo día 2 de junio es día de descanso obligatorio, por lo que los patrones están obligados a dar descanso a todos sus empleados. De acuerdo con el artículo 75 de la Ley Federal del Trabajo, se establece que por ser un día de descanso obligatorio tiene derecho a que se pague doble por tus servicios. Además, si el domingo es normalmente tu día de descanso, el patrón deberá pagar también la prima dominical. El artículo 71 precisa que: “las personas que presten servicio en día domingo tendrán derecho a una prima adicional de un veinticinco por ciento, por lo menos, sobre el salario de los días ordinarios de trabajo”. En resumen, si le toca trabajar el 2 de junio recibiría un pago triple del salario por ese día, más la prima dominical. Asimismo, tiene derecho de tomarse su tiempo para acudir a su casilla y emitir su voto. Imagen: El Informador.