Prepara el IEEBC liquidación del partido Fuerza por México Baja California

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En los trabajos de la 7ª Sesión Ordinaria del Consejo General del Instituto Estatal Electoral de Baja California (IEEBC), se aprobó por unanimidad el acuerdo mediante el cual se establecen las previsiones para salvaguardar los recursos del partido político local Fuerza por México Baja California (FXMBC) y los intereses de orden público, así como los derechos de terceros, de conformidad con el artículo 10, numeral 2, del Reglamento del IEEBC en materia de partidos políticos locales. En un comunicado el IEEBC detalló que: Lo anterior, en virtud de que como resultado de la jornada electoral celebrada el 2 de junio dentro del Proceso Electoral Local 2023-2024, los cómputos distritales arrojaron que FXMBC no consiguió el 3% de la votación emitida, ubicándose en el supuesto de pérdida de registro. En ese sentido, se le notificó a FXMBC el inicio del periodo de prevención, debiendo su dirigencia, candidaturas, administradores y representantes legales sujetarse a las obligaciones establecidas en los artículo 23, 24 y 25 del Reglamento, tales como abstenerse de realizar transferencias de recursos o valores a favor de sus dirigentes, militantes, simpatizantes o cualquier otro tercero, así como entregar de manera formal al interventor, a través del acta de entrega-recepción, el patrimonio del partido político para fines de liquidación. De conformidad con el artículo 10, numeral 2, del Reglamento, durante el periodo de prevención, el Consejo General podrá establecer las previsiones necesarias para salvaguardar los recursos del partido político y los intereses de orden público, así como los derechos de terceros. Sin embargo, queda ambiguo el alcance de “previsiones necesarias”, de ahí que le corresponde al Consejo General fijar las mismas. Por ello, es necesario prevenir el mal uso del patrimonio con que cuenta FXMBC, resultando indispensable tomar las previsiones enlistadas párrafos arriba y dotar al interventor de mayor control sobre los recursos de los que dispone el partido político mediante la mancomunación de firmas, toda vez que, como se precisó, se han realizado movimientos contables sin la autorización del especialista. En ese sentido y a fin de tener certeza de que las prerrogativas a las que tiene derecho FXMBC serán utilizadas únicamente, en su caso, para el pago de nóminas e impuestos, así como para gastos indispensables para su sostenimiento ordinario, debe instruirse a la Coordinación de Partidos Políticos y Financiamiento retenga el depósito de las prerrogativas hasta en tanto se le proporcionen las cuentas bancarias mancomunadas a las que deba hacerlo, concluye.