SCJN declara ilegal padrón de datos biométricos en usuarios de celulares

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Ciudad de México, abril 25.- Este lunes la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional las normativas que sustentan al Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil, conocido como Panaut. Este Padrón se estipuló en una reforma a la Ley Federal de Telecomunicaciones y se creó por el gobierno, con la finalidad de combatir la delincuencia, a través de la recolección de datos. Los magistrados de la Suprema Corte señalaron que la entrega de datos personales y biométricos de los usuarios de celulares, es una violación a los derechos humanos de privacidad e intimidad. Norma Lucía Piña Hernández, ministra ponente, argumentó que, hay precedentes del derecho a la autodeterminación informativa, la cual implica el derecho de los ciudadanos de no dar sus datos sin saber que uso tendrán y como se evitará que se filtren o se les dé un mal manejo. Considero que el caso del Panaut, está opción no existe, pues la entrega de datos es obligatoria y no opcional, para que las empresas de telefonía, le proporcionen acceso al servicio. La magistrada abundó que, aunque el Padrón tiene un propósito legítimo, su forma de empleo es excesivamente invasivo. Recordó que ya hay medidas contempladas en el Código Nacional de Procedimientos Penales y en la misma Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión para prevenir la delincuencia con el uso de celulares. Rebasando la mayoría calificada con 9 votos, la SCJN avaló la invalidez del decreto de creación del Panaut.