Por Jorge Carbajal y Susana Camacho Programa de Justicia Faltan pocas semanas para que tomen posesión las personas electas para los 881 cargos federales y los 1,788 de los 19 estados donde hubo elecciones judiciales. En esta nueva etapa, el riesgo de vulneración de la independencia judicial es un asunto que requiere especial atención. Estamos hablando de una garantía democrática. La independencia judicial asegura que las resoluciones de las personas juzgadoras sean imparciales y estén libres de presiones. La coerción a los impartidores de justicia puede provenir desde la misma institución, o ser externa, de índole política, económica, mediática e, incluso de grupos criminales. Esta garantía es especialmente necesaria frente a decisiones o actos de autoridad de los poderes Ejecutivo o Legislativo que impliquen una violación a lo establecido en el marco constitucional y legal vigente, así como a tratados internacionales firmados y ratificados por el Estado mexicano. En resumen, en una democracia no puede haber justicia verdadera si las personas que la imparten están expuestas a intereses o presiones externas. ¿Cómo entender la independencia judicial a profundidad? A lo largo del proceso de aprobación de la reforma al Poder Judicial, de poco valieron los esfuerzos desde la sociedad civil, la academia, el sector privado, los especialistas y las agencias internacionales para visibilizar ante la opinión pública éste y otros riesgos que se prefiguran como consecuencia de esta enmienda al orden constitucional. El hecho es que no se logró transmitir y concientizar ampliamente a la población de la importancia de la independencia judicial para el funcionamiento óptimo de nuestro sistema de justicia y nuestra democracia. Para profundizar el entendimiento sobre este tema, partamos de uno de los fundamentos de todo sistema o régimen democrático: la división y equilibrio de poderes. Esta separación de las atribuciones del Estado busca prevenir la concentración del poder público en una sola persona, grupo e, incluso, una fuerza política mayoritaria. Para ello, se distribuyen competencias y facultades de acuerdo con la naturaleza de cada poder —ya sea Ejecutivo, Legislativo y Judicial—. Al mismo tiempo, se establece un sistema de pesos y contrapesos de manera que ningún poder sea sometido a otro y cada uno limite a los otros dos. Esta contención recae particularmente sobre el Poder Ejecutivo que, en México, es el encargado de definir las políticas y ejercer la mayor parte del presupuesto público. Para hacer efectiva la independencia judicial, son necesarias —más no suficientes— una serie de condiciones normativas. El objetivo es evitar una captura o intromisión de otros poderes sobre sus resoluciones. Éstas comprenden incluso las que conciernen a la organización y funcionamiento interno del organismo jurisdiccional como a su labor de garante del Estado de derecho y contrapeso democrático. Entre estas condiciones está, de entrada, el reconocimiento constitucional del principio de independencia judicial. De ahí se derivan una serie de mecanismos que resguardan esa autonomía. Entre ellos, la existencia de la existencia de un órgano de gobierno judicial de carácter administrativo, así como la separación entre la presidencia del órgano de gobierno judicial y la del órgano jurisdiccional superior. En este aspecto, debe considerarse un procedimiento transparente para el nombramiento de la presidencia y los integrantes del órgano de gobierno judicial, así como el debido proceso en la eventual destitución de estos funcionarios. Por último, es indispensable un monto presupuestal mínimo o un porcentaje fijo e irreducible, así como autosuficiencia operativa y presupuestal. Cabe decir que estas condiciones también deben verificarse en la práctica para considerar que existe independencia judicial dentro de un sistema político que se dice democrático. Por qué es necesario un sistema de carrera judicial Para que a nivel de las personas juzgadoras se salvaguarde la independencia judicial, de igual forma es necesaria una serie de condiciones normativas que se reflejen en la práctica. Éstas son imprescindibles para que puedan tomar sus decisiones con objetividad, apego a la ley y sin presiones. Las principales son: un mecanismo de nombramiento imparcial que establezca con claridad las etapas del proceso de selección. A su vez, éste debe estar basado en competencias, méritos y criterios homologados de evaluación, y ser implementado por un órgano de carácter técnico e independiente. Se precisan reglas y procedimientos claros para la reelección o ratificación de las personas juzgadoras, además de un mecanismo consistente para definir sus adscripciones y readscripciones. Debe garantizarse la inamovilidad del cargo y la protección frente a presiones internas y externas. Adicionalmente, las personas juzgadoras requieren condiciones laborales adecuadas que consideren remuneración, protección y jubilación para poder cumplir eficazmente sus funciones. En suma, un sistema de carrera judicial, evaluación de desempeño y de responsabilidades en caso de conductas contrarias a los principios que guían la función judicial. La independencia judicial no debe de ser un tema lejano que sólo ocupe a los especialistas o a quienes trabajan en torno a los poderes judiciales. Hay que entender que no es ningún privilegio de los poderes judiciales y las personas juzgadoras que los integran. Es un tema de la mayor trascendencia para la vida pública de nuestro país. Quienes trabajamos en pro de la democracia, debemos redoblar los esfuerzos para acercar y traducir su importancia, y difundir las condiciones que requiere. Es una condición para el funcionamiento óptimo del sistema democrático y para el ejercicio del derecho a una justicia imparcial y de calidad.