Mentir e insultar

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Me ha llamado mucho la atención los calificativos o descalificativos que ha utilizado Andrés Manuel López Obrador hacia los Magistrados de la Suprema Corte de Justicia de la Nación por haber eliminado la primera parte de su Plan B. Por supuesto que los y las gobernadoras de Morena firmaron un desplegado para apoyar al corajudo de López Obrador, su luz, faro y guía. Cuando se ha visto derrotado, Andrés Manuel López Obrador recurre al insulto y descalificación, como el caso de los Magistrados de la SCJN. Yo no he escuchado un solo calificativo negativo en contra de López Obrador por ningún Magistrado, siendo el Poder Judicial Federal uno de los tres poderes de la Nación a la par del Ejecutivo y del Legislativo, únicamente que a la SCJN le toca corregir a los otros dos poderes cuando sus actos y decisiones violan la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Ahora bien, Andrés Manuel ha señalado en “la mañanera” que los Magistrados deberían ser electos por el pueblo, conforme a la Constitución de 1857. Permítame hacer algunas citas de esta constitución tomadas del libro “Historia del Congreso Extraordinario Constituyente de 1856 y 1857 por Francisco Zarco, Tomo II, impreso por Imprenta de Ignacio Cumplido, Calle de los Rebeldes núm, 2, 1857, el cual tengo un ejemplar. En el apartado “Ley Orgánica Electoral expedida por el Congreso Extraordinario Constituyente” (1857) fue publicado el decreto por el presidente sustituto de la República mexicana, Ignacio Comonfort. En el Capítulo V referente a las elecciones para presidente de la SCJ suscribo el Artículo 46: “Para ser presidente de la Suprema Corte de Justicia, conforme al art. 93 de la Constitución, se requiere estar instruido en la ciencia del derecho a juicio de los electores, haber nacido en el territorio de la República, tener treinta y cinco años cumplidos al tiempo de la elección, ser ciudadano mexicano en el ejercicio de sus derechos, pertenecer al estado secular, no tener ninguno de los impedimentos de que habla el art. 8 y obtener el sufragio de la mayoría absoluta de los electores de la República, o en defecto de esa mayoría ser nombrado por el congreso general en los términos que se prescriben en el artículo 7”. También se apunta que la elección a presidente de la SCJ se llevará a cabo el mismo día que la elección de presidente de la República. De las elecciones para magistrados de la Suprema Corte de Justicia el Art. 48 dice “Estas elecciones se harán al tercer día inclusive de haberse nombrado los diputados, si toca haber renovación de magistrados, erigiéndose uno a uno diez propietarios, cuatro supernumerarios, un fiscal y un procurador general según la planta que establece el art. 91 de la Constitución. Cada elección se hará por células del modo que previene el art- 43 de la presente ley, computándose y rectificándose los votos según allí se ordena. La antigüedad la determina el orden de la elección”. También eran electos. Inclusive el art. 49 dice “para ser magistrado propietario o supernumerario, fiscal o procurador general de la Suprema Corte de Justicia, se necesitan todos los requisitos que expresa el art. 46. O sea que la magistrada Yasmín Esquivel está faltando a los principios de la Constitución de 1857 y la de 1917. Ahora el presidente López Obrador no le ha quedado de otra que exhibir los ingresos de los magistrados, ¿qué gana con esto? Ponerlos en peligro de ser víctimas del crimen o que los manifestantes que están a las afueras de la SCJN los agredan, mientras en Palacio Nacional estarán trabajando en un contraataque, no creo que se queden con las manos cruzadas hasta el 2024.